¿Que Facturas Ingresar en la Planilla del IVA?
Que Facturas ingresar en la Planilla del IVA…
Se ha preguntado usted: ¿Que facturas puede ingresar en la Planilla del IVA ?
Este es un tema que muchas personas le ponen poca importancia, pero que puede repercutir en que el año que viene cuando SAT empiece con el proceso de revisiones y sea motivo de ajustes al Impuesto sobre la Renta Asalariados.
En esta entrada decidimos tocar el tema de las facturas que pueden incluirse en la planilla del IVA .
Lo que se dice con respecto a esto.
- Algunos han dicho que todas las facturas se pueden ingresar, exceptuando facturas de pequeño contribuyente que ya no se podrán incluir en la planilla.
- Otros dicen que si se puede incluir el 100% de las facturas que se recibieron en todo el período fiscal 2012.
- Otras personas que se dedican a prestar el servicio de llenado de planillas simplemente no le toman importancia a este tema e incluirán todas las facturas que los clientes les entreguen, porque SAT no tiene forma de detectar si esto se hace o no. Por otro lado, el responsable de la planilla es el empleado que tiene que presentarla y es a él a quien SAT llamará a revisión.
En El Blog de Contabilidad Puntual, damos nuestro punto de vista sobre este tema y queda a discreción de las personas considerarlo o no.
Facturas que si se pueden Incluir:
- Todas las facturas que emiten los contribuyentes que están inscritos en el régimen general que tienen fechas comprendidas entre el 01 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2019.
- Todas las facturas de pequeños contribuyentes emitidas por contribuyentes inscritos el el RTU antes del 24 de febrero del año 2012. Dichas facturas deben haber sido emitidas con fechas comprendidas entre el 01 de enero al 31 de marzo de 2012.
Facturas que no se pueden Incluir:
Considerando siempre las facturas de pequeño contribuyente, se debe tomar en cuenta los cambios que se realizaron con el Decreto 04-2012 -Ley Antievasión 2-.
El 01 de abril de 2012, entró en vigencia el régimen de pequeño contribuyente donde se unificó en uno solo, las dos formas de pequeño contribuyente que antes existían (relacionadas con la forma de pago del impuesto).
- Pequeños Contribuyentes Inscritos del 24-02-2012 en adelante
En este nuevo régimen el cambio que más sobresale, es el cambio de factura al que se vieron obligados los contribuyentes, pero se debe tener cuidado, en el sentido de que, si una persona en el año 2012 decidió inscribirse como pequeño contribuyente y lo hizo el 24 de febrero de 2012 o en fechas posteriores, las mismas debían imprimirse con la leyenda distintiva de «Factura de Pequeña Contribuyente» además con la leyenda en el cuerpo del documento que indica «Factura de Pequeño Contribuyente No genera Derecho a Crédito Fiscal»
- Pequeños Contribuyentes Inscritos antes del 24-02-2012
Algunas de las facturas de pequeños contribuyentes inscritos en el RTU antes del 24 de febrero de 2012 no se pueden incluir en la planilla del IVA 2012, estas son:
Aquellas facturas que no tienen impresa la leyenda «Factura de Pequeño Contribuyente» pero que tienen un sello indicando dicha leyenda y que fueron emitidas con fechas comprendidas entre el 01 de abril de 2012 al 24 de mayo de 2012. Se debe de considerar que SAT dio autorización para usar las facturas en existencia con limite de fecha hasta el 24 de mayo de 2012. A partir de esa fecha, todas las facturas de pequeño contribuyente debían llenar las características que indicamos (Click aquí).
¿Como Saber si recibí una Factura de Pequeño Contribuyente que no sirve para la Planilla?
Aquí nos referimos a facturas recibidas que tienen fechas comprendidas entre el 01 de abril al 24 de mayo 2012 y que son facturas emitidas por pequeños contribuyentes, documentos que tenían en existencia y que siguieron utilizando hasta el 24 de mayo de 2012, incluso se cree que algunos no mandaron ha imprimir las nuevas hasta que se le terminó la existencia.
Este asunto es un poco complicado, porque posiblemente haya contribuyentes que sabiendo que tenían obligación de poner el sello con la leyenda «Factura de Pequeño Contribuyente No genera Derecho a Crédito Fiscal» no lo hicieron. En este caso, el perjudicado es la persona que recibió la factura, porque si la ingresa en la planilla del IVA, es posible de que SAT detecte esta anomalía, lo llame a revisión y esa situación sea motivo de ajustes fiscales en el 2013.
¿Como evitar ese riesgo?
Actualmente existe una solución, que seguramente es bastante tediosa, pero es la única. La forma como puede saberse si una factura es de pequeño contribuyente de las que no se sabe si sirven para la planilla, es ingresando a la pagina de SAT (click aquí):
Saldrá el siguiente cuadro:
En donde debe ingresarse el Numero de Identificación Tributaria -NIT- sin guiones, posteriormente escribir los 3 dígitos que indica el texto, hacemos click en el botón consultar y obtendremos cualquiera de los dos mensajes:
Si el NIT pertenece a un pequeño contribuyente:
- Inscrito a Régimen Pequeño Contribuyente.
- No inscrito a Régimen Pequeño Contribuyente.
NOTA: este tema fue escrito cuando recién habían modificado las leyes fiscales en 2012. Para el año 2019 es más sencillo verificar cuales son las facturas de pequeño contribuyente.
Validador de Facturas de Pequeño Contribuyente:
La Superintendencia de Administración Tributaria ha puesto a disposición de los contribuyentes un Validador de Facturas de Pequeño Contribuyente. Al verificar la planilla detectará cuando un documento no sea válido.
Para saber como utilizar dicha herramienta haga clic aquí.
¡Esperamos les haya servido esta información!
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Atentamente,
Estuardo Pivaral
Representante de El Blog de Contabilidad Puntual
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