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Salario mínimo 2021 en Guatemala - Acuerdo Gubernativo 250-2020

Cambios a Régimen de Pequeños Contribuyentes del IVA

Reforma Fiscal 2012 Incluye Cambios al Régimen Simplificado del IVA para Pequeños Contribuyentes

Regimen-del-pequeño-contribuyente-del-IVA(Entrada Editada)

El nuevo ministro de Finanzas Pavel Centeno presentó una propuesta de reforma fiscal que se discutió en reunión con los ministros del Gabinete Económico, dicha reunión se llevó a cabo el día 20 de enero de 2012.

Lo que pretende con dicha reforma es mejorar la carga tributaria que según los acuerdos de paz debe llegar a un 12%.

La medida que se discutió (y que continuó el lunes 23 de enero en discusión) no es más que la propuesta del pacto fiscal recomendada en el año 2008 por el grupo promotor del Pacto Fiscal en ese mismo año. Paralelo a la Reforma Fiscal se incluye también la aprobación de la Ley Antievasión II, que es un legado que dejó el gobierno anterior. Los cambios que contiene la Ley Antievasión II relacionados con los pequeños contribuyentes del IVA se describen a continuación.

Reformas que Destacan a la Ley del IVA

Artículos 47 y 50 del Decreto 27-92:

Aunque no se pretende modificar ni elevar la tasa actual del IVA que está en un 12%, sí se pretende modificar algunos artículos de dicha ley que tienen que ver con los pequeños contribuyentes. (Artículos 47 y 50 de la ley del IVA)

Actualmente los pequeños contribuyentes del IVA que se han acogido al régimen simplificado pagan  el impuesto en forma trimestral sobre el total de los ingresos mensuales un 5% (Artículo 50 de la ley), pero con la propuesta de reforma fiscal se pretendía elevar la tasa en un 2%, por lo tanto la nueva tasa de IVA que pagarían los pequeños contribuyentes sería del 7%. Finalmente esto no se concretó porque el día 17 de febrero publicaron en el diario oficial el decreto 04-2012 «Ley Antievasión 2» que dicta las modificaciones que se hicieron a la Ley del Impuesto al Valor Agregado IVA. Si desea conocer la nueva forma del régimen del pequeño contribuyente haga click aquí.

Actualmente el requisito que deben cumplir los pequeños contribuyentes, para acogerse a este régimen simplificado, según el artículo 47 de la ley del IVA es que sus ventas anuales no excedan de Q60,000.00. En la Ley Antievasión 2 ya aprobada esto quedara sin efecto a partir del 01 de abril de 2012 y el monto de ventas cambiaría a un monto de Q150,000.00 anuales.

Otro cambio significativo que debe observarse está relacionado con el período de pago del Impuesto. Anteriormente se pagaba el IVA por trimestres vencidos. En la Ley Antievasión 2 indica que los pagos del IVA cambian a período mensual.

Dicha ley incluye la solución del problema que tiene el fisco que se da cuando un pequeño contribuyente emite una factura, porque el comprador que la recibe, en su declaración de impuestos reclama un crédito fiscal de IVA  del 12%, lo cual no gusta a la SAT porque indican que legalmente esa factura solo está afecta a un 5% de IVA por haber sido emitida por un pequeño contribuyente. Las facturas que emitirán los pequeños contribuyentes no estarán afectas a reclamo de crédito fiscal de IVA, sino que formaran  parte del costo de la adquisición del bien o servicio.

Explicamos:

Vamos a tomar dos empresas que tienen relaciones comerciales de compra- venta, uno es pequeño contribuyente y el otro es contribuyente normal del IVA:

Sastrería «A» se dedica a confeccionar y vender pantalones para hombre, es pequeño contribuyente del regimen simplificado del IVA y tiene que pagar trimestralmente un 5% de IVA sobre ventas mensuales.

Almacén «El Pantalón» se dedica a la comercialización de prendas de vestir diversas, entre sus proveedores tiene a Sastrería «A», es contribuyente del régimen general del IVA y tiene obligación de pagar mensualmente el IVA así como de exigir facturas de compras para sustentar crédito fiscal, además está bajo el régimen optativo del impuesto sobre la renta, en donde puede deducir costos y gastos.

Durante el mes de enero de 2012 Sastrería «A» entrega a  Almacén «El Pantalón» prendas confeccionadas, y a fin de mes emite factura por venta de 250 unidades por Q5,000.00

Actualmente para determinar los impuestos y presentarlos en la declaración hacen los siguientes cálculos:

Por parte del Pequeño contribuyente

Suponiendo que Sastrería «A» hizo entregas mensuales iguales a su cliente, y asumiendo que es al único cliente, entonces para preparar su declaración de IVA hace lo siguiente:

Enero                Q5,000

Febrero           Q5,000

Marzo               Q5,000 

Total               Q15,ooo     x      5%   =   Q750.00

Pago de IVA en la declaracion trimestral Q750

Con la modificación al IVA la declaración de impuestos se realizara así:

El mismo ejemplo, considerando una tasa del 5% para la declaración de IVA  dará el siguiente resultado: (ahora el pago será mensual)

Enero                Q5,000       x     5% =     Q250     mensual

Febrero           Q5,000       x     5% =     Q250     mensual

Marzo               Q5,000        x     5% =     Q250     mensual


Reiteramos que el pago de IVA en la declaración será mensual 

Por parte del Comprador o Cliente hace lo siguiente:

Como mencionamos anteriormente, el cliente al recibir la factura la ingresa en su libro de compras como una factura normal (porque sí lo es) y obviamente reclama crédito fiscal de 12% sobre la compra:

Compra mensual a Proveedor Sastrería «A» Q. 5,0000.00

Costo de Ventas          Q. 4,464.28

IVA Crédito                  Q.     535.71

 

Con la aprobación de la Ley Antievasión II, el Comprador o Cliente tendrá que hacerlo así:

Compra mensual a Proveedor Sastrería «A» Q. 5,0000.00

Costo de Ventas          Q. 5,000.00

IVA Crédito                  NO APLICA

(Por  ser factura emitida por un pequeño contribuyente)

Repercusiones que esto puede tener

Esta es la parte como decimos en buen chapín «Fregada» para los pequeños contribuyentes del IVA, porque les restará competitividad frente a los contribuyentes que no están en régimen simplificado, porque los compradores  optarán por buscar proveedores que emitan facturas en donde se aproveche crédito fiscal del IVA.

No sabemos de ningún empresario que pague con una sonrisa de oreja a oreja los impuestos mensuales, esto es un hecho. En este sentido creemos que esto si es un punto bastante desfavorable que se implementó con la entrada en vigencia de la Ley Antievasión 2 , porque aunque se incrementa el monto de ingresos de Q60,000.00 a Q150,000.00 anuales para que un pequeño contribuyente del régimen simplificado califique como tal y que debemos de decir que si suena atractivo, los cambios adicionales que le acompañan a esta propuesta a nuestro parecer, suenan desastrosos para las pequeñas empresas que tratan de sobresalir en su medio.

Nota Aclaratoria:

La Ley Antievasión II fue aprobada por el Congreso de la República de Guatemala el 26 de enero de 2012 y que ahora se conoce como el Decreto 04-2012, la misma fue Sancionada por parte del Presidente de Guatemala, y entró en vigencia el 25 de febrero de 2012.  CLICK AQUÍ SI DESEA VER LA PUBLICACIÓN DE DICHA LEY EN EL DIARIO OFICIAL.

Lo invitamos a que deje sus comentarios o nos exponga sus inquietudes.

Estimado lector, ha sido un gusto compartir esta información con usted.

Atentamente,

Estuardo Pivaral

Representante de El Blog de Contabilidad Puntual

 

Contabilidad Puntual Servicios Contables Guatemala

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