¿Privatización del Igss?

¿Es cierto lo de la privatización del Igss?

En los últimos días se han venido escuchando nuevamente, rumores y comentarios sobre la privatización del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) y decimos nuevamente porque este tema se ha comentado desde hace años. Por ejemplo se ve en las noticias acerca de protestas por mejoras, también el bloqueo que efectuaron la noche del lunes 10 de octubre pasado, por parte de los trabajadores para exigir mejoras en lo salarios, se escucha además en las calles que realmente el fondo de esas protestas no es solo por eso, también se dice que  es por los cambios tan obvios que se están dando en el seguros social, bueno seguro que usted ya sabe de esos cambios, pero si aún no lo sabe, a continuación le indicamos que es lo que está causando esto:

Antes:
logo igss antiguo-contabilidad-puntual
Después:
logo-nuevo-igss-contabilidad-puntual
El cambio de logotipo…alguien podría decir, eso no tiene nada que ver, no es una gran noticia, si también el IGSS ahora  tiene un eslogan que suena «pegajoso»: «UNA ÉPOCA DE CAMBIOS, PARA UN CAMBIO DE ÉPOCA»
Es cierto que los cambios son buenos, pero al revisar el historial acerca de los manejos en los temas financieros que se han dado en esta institución autónoma del estado, ciertamente deja pensativo a mas de algún guatemalteco que pase o que haya pasado frente al hospital de accidentes que está ubicado en la Calzada San Juan y 42 avenida zona 7 de Mixco, Guatemala. Otra cosa, si no existe nada con el tema de privatización, entonces ¿porque el presidente electo de la Guatemala se comprometió a no hacerlo?

 

Origen del IGSS

El 30 de Octubre de 1946, el Congreso de la República de Guatemala, emitió el Decreto número 295, LA LEY ORGANICA DEL INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL.

Fue así como se creó una Institución autónoma, de derecho público de personería jurídica propia y plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, y su finalidad es aplicar en beneficio del pueblo de Guatemala, un Régimen Nacional, Unitario y Obligatorio de Seguridad Social, de conformidad con el sistema de protección mínima (Cap. 1°, Art. 1°).

Se creó así un Régimen Nacional, Unitario y Obligatorio. Esto significa que debe cubrir todo el territorio de la República de Guatemala, debe ser único para evitar la duplicación de esfuerzos y de cargas tributarias; los patronos y trabajadores de acuerdo con la Ley, deben de estar inscritos como contribuyentes, no pueden evadir esta obligación, pues ello significaría incurrir en la falta de previsión social.El artículo 100 de La Constitución Política de la República de Guatemala, indica lo siguiente:

«Seguridad Social. El Estado reconoce y garantiza el derecho de la seguridad social para beneficio de los habitantes de la Nación.»

 

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