Vigencia Facturas Impresas ¿Sábes Cual es el Plazo Para Utilizarlas?

Vigencia de Facturas Impresas en Guatemala

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El 11 de noviembre de 2019 fue publicado en el Diario de Centroamérica el Acuerdo Gubernativo 222-2019 emitido por el Ministerio de Finanzas Publicas, las cuales son reformas al Acuerdo Gubernativo 5-2013, Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado -IVA-, cobrando vigencia hoy mismo 11 de noviembre de 2019.

Modificaciones al Acuerdo Gubernativo 5-2013

El AG 222-2019 indica lo siguiente:
Que la facturación electrónica en línea es el modelo que la Administración Tributaria reconoce en Guatemala.
En el artículo 1 indica, que la facturación electrónica en línea será el único medio de emisión de documentos tributarios electrónicos para quienes se inscriban ante la SAT a partir del 1 de julio del año 2021.
Indica los requisitos (facturación electrónica en línea y registros contables electrónicos) que deben llenar aquellos contribuyentes que opten por recuperar el crédito fiscal bajo el régimen especial electrónico de devolución.
El artículo 26 da las indicaciones para la incorporación y actualización del Registro de Exportadores del Régimen especial electrónico de Devolución del Crédito Fiscal a los Exportadores. Indica que los contribuyentes podrán incorporarse a este régimen en cualquier mes y año; pero deberán actualizarse cada año en el mes de enero.

Todo lo anterior implica que la imnincencia del deshuso de las facturas en papel, el cual es el objetivo principal de la SAT al implementar la Factura Electrónica en Línea -FEL.

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