
Formulario Sat 1431 ISR relación de dependencia anual

Formulario Sat-1431 ISR relación de dependencia anual
Formulario Sat 1431 ISR relación de dependencia anual
En la cuarta semana de enero de 2014, fue agregado a declaraguate el Formulario SAT-1431, Impuesto Sobre la Renta, Rentas del Trabajo en Relación de dependencia, Declaración jurada y pago anual. El mismo está disponible para todos los trabajadores que laboran en relación de dependencia.
¿Quiénes pueden utilizar el formulario SAT-1431?
- Empleados en relación de dependencia del sector privado (empresas privadas).
- Empleados en relación de dependencia del sector público (gobierno).
¿En que casos debe utilizarse el formulario sat-1431?
Los casos en que un empleado en relación del dependencia debe utilizar y presentar el formulario sat 1431 son los siguientes:
- Cuando el patrono no le efectuó retención de ISR asalariado.
- Cuando el patrono le efectuó retenciones menores a las correspondientes.
¿Cómo se usa el formulario sat-1431?
- Llene las casillas que correspondan.
- Valide y congele el formulario sat-4091. Aparecerá el botón “Imprimir SAT-2000”.
- Imprimir la boleta SAT-2000 y presentarla en un banco.
¿Cuando vence la presentación del formulario sat-1431?
El plazo para presentar el formulario sat-1431 vence el 31 de marzo de cada año. Ésta es la fecha límite para presentar la declaración Jurada y pago anual del ISR Relación de Dependencia correspondiente al periodo del 01 de enero al 31 de diciembre del año anterior.
Estimado lector, ha sido un gusto compartir esta información con usted, si le es útil puede compartirla con sus amigos y conocidos a través de las redes sociales o por el correo electrónico.
Atentamente,
Lic. Estuardo Pivaral
El Blog de Contabilidad Puntual
Salario Mínimo en Guatemala 2018
Trabajo en una embajada tengo doble nacionalidad desde 2013 pago impuestos americanos en la constitución de Guatemala no se puede tributar doble ahora la Sat quiere que tributemos acá no sé qué hacer gano y me contrataron como guatemalteca ya no ganaría nada si tributo doble y sería institucional necesito ayuda por favor
Hola buena tarde, disculpe en la ley del iso dice que al 2do. año que se reporte con perdida se puede exonerar uno de pago de iso, consulte con mi contador y dice que si, pero que lo auditan, es cierto
Buena tarde, lo molesto con una pregunta, cuál es la sanción o multa al no hacer efectivo el pago de esta declaración, ya que tuve problemas laborales con la Institución (del Estado) y no estoy trabajando actualmente para poder pagar el impuesto, gracias
Buen dia
Estimado Lic. fijese que estaba llenando un formulario sat 1431 pero me aparece 1 mensaje que dice que el contribyente no tiene pago entonces no es obligado a presentar la declaracion sera en el futuro no va tener omiso en la sat
gracias